Fiscalidad de las Criptomonedas en la Declaración de la Renta 2024:
Impuesto sobre la Renta de las Personas FĆsicas (IRPF)
Las transmisiones de criptomonedas estĆ”n sujetas al IRPF y se consideran ganancias y pĆ©rdidas patrimoniales. Estas se imputan al perĆodo impositivo en que tenga lugar la alteración patrimonial, es decir, la transmisión. SegĆŗn el artĆculo 14.1 de la Ley del IRPF, la alteración patrimonial se produce en el momento de la entrega de las monedas virtuales, independientemente del momento en que se perciba el precio de la venta
Consulta Vinculante V808-18 de la DGT:
La Dirección General de Tributos (DGT) establece que la alteración patrimonial en la venta de monedas virtuales se produce en el momento de la entrega de las monedas, no en el momento de la recepción del dinero.
Impuesto sobre el Patrimonio
En el Impuesto sobre el Patrimonio, las criptomonedas deben reflejarse en el apartado de «DemÔs bienes y derechos» y valorarse a precio de mercado a la fecha de devengo del impuesto (31 de diciembre). La tasación pericial contradictoria es admitida para la comprobación de la valoración de estos bienes.
Obligaciones de Información
Desde el 11 de julio de 2021, las personas y entidades residentes en España, asà como los establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades residentes en el extranjero, estÔn obligadas a suministrar información a la Administración tributaria sobre la tenencia y operativa con monedas virtuales. Esto incluye:
- Servicios de custodia de claves criptogrÔficas: Información sobre saldos en cada moneda virtual y dinero de curso legal, asà como la identificación de los titulares, autorizados o beneficiarios de dichos saldos.
- Servicios de cambio y custodia: Información sobre las operaciones de adquisición, transmisión, permuta y transferencia de monedas virtuales, incluyendo cobros y pagos realizados en dichas monedas, con relación nominal de sujetos intervinientes.
Actualizaciones Normativas para la Declaración de la Renta 2024
Para la declaración de la Renta 2024, es importante tener en cuenta las siguientes actualizaciones normativas:
- Normativa Europea de Criptoactivos MiCa:Ā La normativa MiCa (Markets in Crypto-Assets) establece nuevas obligaciones para las plataformas intermediarias, como los exchanges, que deben rendir cuentas sobre las operaciones realizadas en sus plataformas.
- Sanciones por No Declarar Criptoactivos: Las sanciones por no declarar criptoactivos pueden alcanzar entre el 50% y el 150% de las cantidades no declaradas, y en casos extremos, pueden implicar penas de prisión.
Nuevas Obligaciones de Información: Las plataformas y entidades que operan con criptomonedas deben proporcionar información detallada sobre las
Obligación de declarar: SĆ, si has vendido, intercambiado o usado criptomonedas, debes incluirlo como ganancia o pĆ©rdida patrimonial.
Tributación: Se aplica el IRPF por tramos (19% al 28%) sobre las ganancias obtenidas.
Intercambios entre criptos: TambiƩn tributan, incluso si no se convierten a euros.
Staking y airdrops: Se consideran rendimientos del capital o ganancias patrimoniales, segĆŗn el caso.
Modelo 721: Declaración obligatoria si tienes criptomonedas en el extranjero por valor superior a 50.000āÆā¬.
Modelo 100: Declaras las ganancias o pƩrdidas en la renta anual.
Conclusión:
La fiscalidad de las criptomonedas es un tema complejo y en constante evolución. Es fundamental estar al dĆa con las normativas vigentes y cumplir con todas las obligaciones fiscales para evitar sanciones. Si tienes criptomonedas, asegĆŗrate de declarar correctamente tus operaciones en la Renta 2024 y consulta con un experto fiscal para cualquier duda o aclaración.